Cuando tu hogar se convierte en un botín
La historia real de un retracto arrendaticio contra el mobbing inmobiliario de los grandes tenedores
Una historia que no sale en los telediarios y que desnuda el sistema
Ellos tienen 67 y 70 años. Una vida entera trabajando, acondicionando su casa ladrillo a ladrillo. Cuando llegó la crisis y con ella el miedo, para no perderlo todo, entregaron su hogar al banco mediante una dación en pago, firmando un compromiso por el cual, más adelante, pudiesen recuperarla.
Con esa esperanza, durante diez años cumplieron sin faltar un solo mes. Pagaron más de cien mil euros en rentas, creyendo que llegaría el día en que podrían recuperar su vivienda. Pero nunca les dejaron ejercer ese derecho. Al contrario: comenzó una campaña sostenida de acoso y hostigamiento, envuelta en apariencia legal, pero con un único objetivo: echarlos sin ruido. Y sin derechos.
El mobbing inmobiliario no siempre lleva pasamontañas
Así actúan los grandes tenedores
Para las familias, una vivienda vale lo que les costó levantarla; reconstruirla, cuidarla, lo que se paga en hipoteca, en reformas, en sacrificios.… lo que implica mudarse. Lo que significa echar raíces.
Pero para los grandes tenedores y los fondos de inversión, una vivienda no es un hogar: es un activo contable. Y si para un ciudadano una casa puede costar medio millón de euros más impuestos, ellos la mueven entre sociedades por importes simbólicos, incluso por menos de 1.000 euros, con una firma y un asiento en el Registro Mercantil.
Así, las casas cambian de manos sin que los inquilinos lo sepan, sin respetar derechos como el tanteo o el retracto, y sin transparencia. El objetivo es claro: mantener al inquilino sin información y sin tiempo para reaccionar. Dejarlo sin defensa.
Todo eso no es otra cosa que ingeniería jurídica diseñada para eludir la ley.
Pero la ley no se elude impunemente. Se respeta.
Mientras este matrimonio seguía pagando, confiando, cuidando su casa, desde despachos a kilómetros de distancia se planeaban las estrategias para vaciársela:
- Fueron objeto de múltiples demandas de desahucio falsas (todas desestimadas por los tribunales).
- Durante el procedimiento judicial, varias personas se presentaron en su domicilio sin identificarse, con actitud intimidatoria.
- Se publicaron anuncios en internet ofreciendo la vivienda a precios muy por debajo del mercado, insinuando que estaba ocupada ilegalmente, buscando generar presión social y atraer a compradores.
¿El resultado? Un matrimonio septuagenario, asustado, convencido de que cualquier mañana aparecerían desconocidos en una furgoneta para echarlos. Eso es mobbing inmobiliario. Y no tiene nada de legal. Es una forma moderna de violencia económica, legitimada bajo capas de transmisiones societarias, abuso de derecho y fraude de ley.
El punto de inflexión: el derecho de retracto como herramienta contra el abuso
El contrato de opción de compra había sido sistemáticamente bloqueado por el banco. Hasta que se descubrió la verdad: la vivienda había sido transferida como si fuera un simple paquete contable, en una operación de ampliación de capital que no llegaba a los 1.000 €, y sin comunicarlo a los arrendatarios.
Habían sido tratados como un estorbo contable. Sin derecho a saber. Sin derecho a decidir.
Fue entonces cuando decidimos ejercer el derecho de retracto arrendaticio.
Para quien no lo conozca:
Si estás de alquiler y el propietario vende tu vivienda sin informarte, puedes exigir, por ley, adquirirla tú mismo, en las mismas condiciones. Es como levantar la mano y decir: yo me quedo con ella.
Este derecho —regulado en el art. 25 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y el art. 1521 del Código Civil— es una herramienta de defensa social frente a la especulación y el desahucio silencioso. Por eso, muchos propietarios, especialmente grandes tenedores, utilizan triquiñuelas para esquivarlo: ventas encubiertas, ampliaciones de capital, transmisiones internas, sociedades interpuestas…
Pero incluso en estos casos, cuando hay efecto traslativo del dominio, el retracto puede ejercerse (STS 605/2007, SAP Valencia 26/10/2016).
Y no es necesario que te lo notifiquen: el plazo de 30 días para ejercitar el retracto no empieza hasta que tengas conocimiento completo del precio y las condiciones de la venta (STS 14/11/2022). Si no te lo dicen, el reloj no corre.
Aunque el precio sea opaco, puede consignarse judicialmente de forma provisional. La carga de probar el importe real recae en el adquirente, no en el inquilino.
La vivienda no puede ser un campo de batalla
No estamos hablando de ladrillos, sino de vidas
La victoria conseguida en este caso no fue fácil. Y desde luego, no es un caso único.
Cada semana, cientos de familias pierden su hogar sin comprender por qué. Por operaciones que no entienden. Por llamadas que no saben cómo parar. Por la complicidad entre estructuras mercantiles que usan la ley para vaciarla de sentido.
Mientras tanto, se alimenta el debate mediático sobre ocupaciones, pero los desahucios más graves y silenciosos no necesitan okupas: se producen con papeles, transmisiones cruzadas y estrategias diseñadas para agotar emocional, legal y económicamente a quien habita en su casa por derecho.
No confundamos conceptos. No defendemos la ocupación ilegal. Este caso no va de eso. Va de personas con contrato, con pagos al día, con derechos reconocidos y vulnerados.
Porque también hay ley. Y hay herramientas, como el retracto, la consignación judicial y la doctrina del abuso de derecho, que pueden proteger a quienes han hecho todo bien, pero les quieren hacer sentir que están ocupando su propia casa.
En mi despacho no tratamos activos. Tratamos con personas
Creemos que el hogar no se negocia. Se protege.
No defendemos ilegalidades. Defendemos justicia.
Eso, a veces, es muy incómodo para quienes estructuran su enriquecimiento a costa del desconocimiento de la gente de a pie, y los grandes recursos que tienen para hacerlo actuando entre los laberintos de la ley. Por eso es necesario la ayuda legal de quienes, como nosotros conocemos el camino correcto.
Foto de Jakub Żerdzicki en Unsplash