EL DERECHO DE FAMILIA NECESITA MENOS ESPECTACULO Y MÁS RESPONSABILIDAD
Cuando una estrategia procesal en familia deja de buscar una solución y empieza a producir daño
En Derecho de Familia hay una idea que debería ser absolutamente elemental, pero que en la práctica no siempre se respeta: no todo lo que puede pedirse debe pedirse, y no toda estrategia agresiva es una buena estrategia.
La jurisdicción de familia no se parece a ninguna otra. En un pleito civil ordinario, el daño que puede provocar una mala dirección técnica suele ser patrimonial, procesal o económico. En familia, no. En familia, una mala estrategia puede desordenar el vínculo entre padres e hijos, generar lealtades imposibles, agravar el sufrimiento de los menores y dejar consecuencias emocionales mucho más duraderas que la propia sentencia.
Precisamente por eso, el procedimiento de familia exige algo más que capacidad técnica. Exige prudencia, contención, criterio y una ética profesional especialmente intensa. Y, sin embargo, no siempre ocurre así.
Un supuesto que, jurídicamente, no exigía una guerra
El caso al que me refiero tenía, en realidad, una estructura bastante clara.
Existía una pareja con dos hijos menores, una diferencia económica importante entre ambos progenitores y una distribución de cuidados muy marcada durante la convivencia. Uno de los progenitores había sostenido principalmente la vida cotidiana de los hijos: organización escolar, comidas, extraescolares, seguimiento médico, logística doméstica y atención continua. El otro, con una posición económica notablemente más fuerte y una trayectoria profesional mucho menos afectada por las necesidades familiares, no había asumido en la misma medida ese día a día.
Eso no implica ausencia de vínculo con los hijos. Pero sí refleja una realidad jurídica decisiva: el cuidado ordinario efectivo no puede borrarse del análisis cuando se discuten medidas sobre guarda, vivienda o equilibrio económico.
Desde el punto de vista técnico, el asunto admitía una solución razonable: una organización parental compartida, modulada conforme a la realidad previa de los menores, con una distribución de cargas económicas proporcional y con medidas correctoras respecto de la vivienda y del desequilibrio entre progenitores.
Es decir, un litigio serio, sí. Pero no necesariamente una confrontación destructiva.
Y, sin embargo, eso fue lo que se intentó construir.
Cuando la ruptura no se gestiona: se instrumentaliza
La crisis de pareja, lejos de canalizarse hacia una reorganización racional de la vida familiar, derivó en una dinámica de deterioro convivencial, tensión doméstica y control económico.
En este tipo de procedimientos, el dinero deja de ser una simple cuestión patrimonial y se convierte muchas veces en un instrumento de poder. Quien tiene más capacidad económica puede utilizarla, si así se le aconseja o así lo decide, no para ordenar la transición, sino para desestabilizar a la otra parte: retiradas unilaterales, cambios bruscos en la forma de afrontar los gastos, decisiones económicas inconsultas y una lógica de presión constante que condiciona incluso la vida diaria de los hijos.
Ese fenómeno, tan frecuente como poco reconocido, tiene una enorme relevancia jurídica. Porque cuando el conflicto económico se convierte en castigo, ya no estamos solo ante un desacuerdo sobre dinero: estamos ante una forma de imposición que altera el equilibrio del procedimiento desde su base misma.
Y, como sucede tantas veces, esa alteración no la sufren únicamente los adultos. La sufren también los menores.
La deriva procesal: persistir en la tesis máxima aunque destruya más de lo que protege
Lo más preocupante del asunto no fue solo la tensión de hecho, sino la estrategia jurídica elegida.
Existiendo una salida razonable, jurídicamente viable y compatible con el interés de los hijos, se optó por sostener hasta el final una posición de signo excluyente, desligada del reparto real de cuidados y claramente incapaz de aportar una solución pacificadora.
No es infrecuente ver cómo, en procedimientos de familia, el conflicto se sobredimensiona mediante pretensiones máximas que no buscan ordenar la nueva realidad familiar, sino ganar terreno, desplazar al otro progenitor o reescribir artificialmente el pasado. Y eso es especialmente grave cuando se hace ignorando la cotidianeidad real de los menores.
Porque en familia, la sobreactuación procesal tiene un precio muy alto.
Cuando se insiste en una tesis que no responde a cómo ha vivido realmente esa familia, el proceso deja de ser un mecanismo de solución y se convierte en una maquinaria de desgaste. Se desgasta al otro progenitor, se tensiona la convivencia, se vacía de valor la experiencia real de los cuidados y, lo que es peor, se crea el contexto perfecto para que los hijos queden emocionalmente absorbidos por el conflicto.
Lo más grave: cuando el menor entra en la lógica del litigio
Si hay una frontera que nunca debería cruzarse en un procedimiento de familia, es esta: la de colocar al menor en una posición funcional respecto de la estrategia de uno de los adultos.
Conviene decirlo sin rodeos. Un hijo no está para reforzar el relato de su padre. Ni el de su madre. Ni el de ningún abogado. No está para convertirse en prueba emocional de parte. No está para cargar con una lealtad que no le corresponde. Y, desde luego, no está para sentir que de su comportamiento depende el éxito o el fracaso procesal de uno de sus progenitores.
En este asunto, lo más duro fue comprobar que esa exposición del menor no era necesaria.
- No era inevitable.
- No era una consecuencia forzosa del conflicto.
- No era el único camino procesal posible.
Desde una de las posiciones del procedimiento se había interesado una solución de corresponsabilidad parental precisamente para evitar esa dinámica de confrontación total. Existía, por tanto, una salida que reducía de manera clara el riesgo de arrastrar al hijo a una lógica de adhesión, de oposición o de toma de partido.
Y, aun así, se insistió.
Esa insistencia es jurídicamente discutible, pero sobre todo resulta éticamente inquietante. Porque cuando ya existe una alternativa razonable y se sigue empujando el procedimiento hacia una posición de máxima confrontación, el daño que se produce deja de ser un accidente del litigio y empieza a parecerse demasiado a una consecuencia aceptada.
El verdadero peligro: que después el hijo cargue con la derrota
Pero quizá lo más alarmante en estos casos no es solo lo que ocurre durante la vista o durante la tramitación.
Lo verdaderamente devastador es lo que puede ocurrir después.
Cuando un menor ha sido absorbido por la narrativa procesal de uno de sus progenitores, siempre existe el riesgo de que, si esa estrategia no prospera, termine sintiéndose responsable del resultado. A veces de forma abierta. Otras, de un modo mucho más silencioso, más sutil y más corrosivo: miradas, reproches, distancias, decepciones proyectadas, culpabilidad difusa.
Y ese es uno de los daños más serios que puede generar un mal litigio de familia.
- No el daño que figura en la resolución.
- No el que se discute en los informes.
- No el que se cuantifica en una medida.
Sino el que se instala dentro del hijo y le hace asumir que ha fallado a uno de sus padres.
Eso no puede admitirse como un coste “normal” del proceso. No debería banalizarse. No debería justificarse como una consecuencia inevitable de litigar en familia. Porque no lo es.
A veces, sencillamente, es el resultado de haber sostenido una estrategia que no debía haberse llevado hasta ahí.
La resolución judicial puso orden, pero no borra lo ocurrido
Afortunadamente, el órgano judicial acabó adoptando una solución coherente con la realidad de los cuidados, con la capacidad económica efectiva de las partes y con la protección material de los menores.
Eso merece ser subrayado.
Pero incluso cuando la resolución es razonable, conviene no caer en una lectura complaciente del tipo “todo acabó bien”. En familia, no siempre acaba bien porque el fallo sea correcto. Hay veces en que el procedimiento ya ha producido daños que la sentencia no puede reparar del todo: desgaste afectivo, fractura en la relación con un hijo, miedo, desorientación y una memoria emocional del conflicto que tarda mucho en desaparecer.
Por eso es tan importante hablar no solo del resultado judicial, sino del camino recorrido para llegar a él.
Lo que deberían preguntarse las familias antes de seguir una estrategia procesal
Este tipo de asuntos obliga a trasladar una reflexión incómoda, pero necesaria: las familias deben vigilar cuidadosamente qué estrategia les están recomendando seguir.
- No basta con confiar en una imagen profesional fuerte.
- No basta con que el discurso jurídico sea brillante.
- No basta con que el abogado se presente como muy especializado.
- No basta con que las peticiones suenen contundentes.
Lo esencial es otra cosa.
- ¿La estrategia se ajusta a la realidad de los cuidados?
- ¿Protege de verdad a los menores?
- ¿Reduce el conflicto o lo multiplica?
- ¿Parte de una lógica de solución o de demolición?
- ¿Explica al cliente no solo lo que puede pedir, sino también lo que puede destruir?
- ¿Advierte del coste emocional que ciertas posiciones pueden tener para los hijos?
Porque un abogado de familia no debería limitarse a formular una pretensión jurídicamente posible. Debería ser capaz de valorar si esa pretensión, en ese contexto concreto, merece ser sostenida o si su mantenimiento va a convertir a un menor en el precio del procedimiento.
La falta de empatía no es neutral: también daña
Aquí aparece otro problema de fondo.
En familia, la falta de empatía profesional no es una cuestión secundaria ni meramente estética. No es un problema de “formas”. Es una carencia que puede afectar directamente al modo en que se construye el conflicto, al nivel de exposición de los menores y a la intensidad del daño que produce el procedimiento.
Cuando una familia rota entra en un despacho, no entra un expediente. Entra una estructura afectiva en crisis, con niños, con vínculos aún vivos y con posibilidades de daño muy reales. Tratar esa realidad como si fuera un litigio más, una carpeta más o una vista más es una de las peores deformaciones posibles de esta especialidad.
La abogacía de familia necesita rigor, sí. Pero necesita también algo que no siempre se enseña en los másteres ni se exhibe en los foros públicos: humanidad operativa. Es decir, la capacidad de traducir la técnica en protección real, de desactivar cuando es posible, de frenar al cliente cuando hace falta y de no empujarle hacia estrategias cuyo coste será pagado por los hijos.
Una conclusión necesaria
Quizá va siendo hora de decir algo muy sencillo:
El Derecho de Familia no necesita más espectáculo.
Necesita más responsabilidad.
Más profesionales dispuestos a decirle a su cliente que no todo vale.
Más abogados capaces de distinguir entre firmeza y destrucción.
Más conciencia de que la mejor estrategia no siempre es la más agresiva.
Más cuidado con los menores, incluso —y especialmente— cuando el pleito aprieta.
Porque si para sostener una posición procesal hay que tensionar emocionalmente a un hijo, desplazar la realidad de los cuidados, prolongar una confrontación innecesaria y correr el riesgo de que el menor acabe cargando con la derrota de un adulto, entonces esa estrategia no era buena.
Podía ser ruidosa.
Podía parecer contundente.
Podía presentarse como ambiciosa.
Pero no era buena.
Y las familias merecen saberlo antes de poner su vida —y la de sus hijos— en manos de una estrategia equivocada.